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Green Card formulario I-130: ¿Cuánto tiempo dura el proceso de petición?

Author

James Olson

Updated on April 08, 2026

El tiempo de trámite luego de haber realizado su petición para el Formulario I-130 tiene una variación de tiempo muy desigual, ya que puede esperar de 5 meses a poco más de tres años.

Mucho va a depender de la relación familiar y de la oficina de la USCIS en la que entregue su formulario.

Para sus parientes inmediatos, como su cónyuge o sus hijos directos de un titular de una Green Card, los tiempos de proceso del Formulario I-130 actualmente varían entre 5 y 37 meses (a partir del 13 de abril del 2022).

Por ejemplo, el Centro de Servicio de Nebraska sólo tarda entre 5 y 7 meses en tramitar el Formulario I-130 para los familiares directos de un titular de una Green Card, mientras que el Centro de Servicios de Texas actualmente se tarda entre 17 y 23 meses en tramitar el mismo formulario.

El tiempo puede reducirse para los familiares directos de un ciudadano estadounidense, los tiempos de los trámites del Formulario I-130 varían actualmente entre 5 y 16 meses, a partir del 13 de abril de 2022, así que cuanto antes comience a tramitar su solicitud I-130, será mejor.

¿Cuánto cuesta tramitar el Formulario I-130?

La tarifa de presentación del gobierno para su petición al Formulario I-130 actualmente es de $535 dólares, y el pago se puede realizar mediante cheque o tarjeta de crédito, utilizando el Formulario G-1450.

¿Quién puede y quién no puede presentar un Formulario I-130?

Los ciudadanos estadounidenses pueden presentar el Formulario I-130 para sus cónyuges, hijos, parientes, y hermanos. Los titulares actuales de ujna Green Card o tarjeta de residencia permanente, pueden presentar las peticiones para sus cónyuges e hijos solteros.

El ciudadano estadounidense o titular de una Green Card que presenta el Formulario I-130 se llama "peticionario" o "patrocinador". El individuo que solicita la tarjeta de residencia es conocido como "beneficiario".

Sin embargo, hay algunas excepciones que impiden la presentación del Formulario I-130, incluso cuando existen las relaciones familiares mencionadas anteriormente.

No se puede presentar un formulario I-130 para patrocinar a individuos en ninguno de los siguientes casos:

  • Abuelos, nietos, sobrino/sobrina, tío/tía, primos o suegro/suegra.
  • Un pariente adoptivo o un hijo adoptivo, si el hijo fue adoptado después de haber cumplido los 16 años de edad.
  • Un pariente biológico, si obtuvo una Green Card mediante la adopción.
  • Un padrastro o hijastro, si el matrimonio que resultó en esta relación ocurrió después de que el hijo haya cumplido los 18 años de edad.
  • Un cónyuge, si usted y su cónyuge no estuvieron presentes físicamente, en la ceremonia de matrimonio.
  • Un cónyuge, si usted obtuvo una Green Card a través de un matrimonio previo a un ciudadano estadounidense o titular de una tarjeta de residencia, a menos que se haya naturalizado y sea ciudadano estadounidense, o si ha sido residente permanente por al menos cinco años.
  • Un cónyuge, si se casaron mientras él o ella eran parte de cualquier procedimiento judicial de inmigración.
  • Cualquier familiar, si USCIS ha determinado que esa persona se casó o intentó casarse con el único propósito de obtener un beneficio migratorio para los Estados Unidos.

Es importante entender que hay excepciones a algunas de las exclusiones mencionadas anteriormente, y puede llegar a ser posible presentar una petición al Formulario I-130 con documentos de respaldo adicionales en esas situaciones.